Autorización de residencia temporal que otorga el Estado ecuatoriano a las personas extranjeras que tienen la intención de establecerse en el país para realizar actividades lícitas bajo Convenio para Organizaciones no Gubernamentales. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.
¿A quién está dirigido?
A todas las personas extranjeras: funcionarios, expertos, miembros o consultores de Organizaciones No Gubernamentales extranjeras bajo Convenio Básico de Funcionamiento con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite? |
Visa de residencia temporal Convenio para Organizaciones No Gubernamentales |
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
- Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
- No ser considerado una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado, según la información que dispongan las autoridades competentes;
- Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente. En el caso de las personas solicitantes en las calidades 2, 3 y 4 del artículo referente a residencia permanente, la persona en quien se amparan para su solicitud de residencia podrá acreditar los medios de vida necesarios para la subsistencia de los amparados;
- No haber obtenido sentencia ejecutoriada por delitos como asesinato, homicidio, violación, secuestro o los demás sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años, conforme lo establecido por la ley penal vigente;
- Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
- Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite.
Requisitos Especiales:
Para solicitar esta categoría migratoria los funcionarios, expertos, miembros o consultores de organizaciones gubernamentales o no gubernamentales, extranjeras, que hayan suscrito un convenio de sede o básico de funcionamiento con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, y que se establezcan legalmente en el país; así como los corresponsales de prensa extranjera que residan en el territorio ecuatoriano, a más de los requisitos previstos en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, estas personas extranjeras deberán presentar lo siguiente:
- Copia del convenio de sede o básico de funcionamiento vigente, suscrito entre el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador y la organización auspiciante;
- Certificados que acrediten que la organización gubernamental o no gubernamental, extranjera, está al día en sus obligaciones con el Servicio de Rentas Internas y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, de ser aplicable; y,
- Oficio original de auspicio para la obtención de “Visado de residencia temporal de cooperantes gubernamentales, de organizaciones no gubernamentales y de prensa extranjera” suscrito por el representante o apoderado legal en Ecuador o del Director o Presidente de la sede de la Organización auspiciante, en la que se especifique la nómina, funciones relacionadas con los objetivos del Convenio y tiempo de permanencia de la(s) persona(s) auspiciada(s).
Para los corresponsales de prensa extranjera a más de los requisitos previstos en la Ley Orgánica de Movilidad Humana se requerirá la presentación de la carta de acreditación de la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia.
Formatos y anexos
- Formulario de Solicitud de Visa
Formulario contiene: información personal, tipo de solicitud, y una breve descripción de su requerimiento.
¿Cómo hago el trámite?
TRÁMITE - Direcciones Zonales en el Ecuador
- Iniciar la solicitud del trámite conforme a los lineamientos de cada una de las oficinas prestadoras de servicios en el país. Acceder al detalle de cada oficina mediante el siguiente link: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/
- Seguir las instrucciones que se le enviará a su correo electrónico.
TRÁMITE SEMIPRESENCIAL (Oficinas Consulares en el exterior)
- Contactarse con la Oficina Consular más cercana al lugar de residencia y/o con la Unidad de Consejería.
- Registrar en el Consulado Virtual.
- Escoger el trámite y subir en PDF los requisitos según la categoría migratoria.
- El consulado autorizará el pago del visado, según Arancel Consular.
- Escoger la fecha del turno para cumplir con la entrevista y recibir el visado. La fecha podrá ser cambiada conforme la disponibilidad de atención del consulado.
- Proporcionar su correo electrónico personal;
- Verificar en su correo electrónico la recepción de la visa emitida.
Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
¿Cuál es el costo del trámite?
Formulario para solicitud de visas: USD 00,00; Visa autorizada: USD 80,00. No grava IVA.
Se aplica exoneración de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.
Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
En el Ecuador - Direcciones Zonales:
Lunes a viernes de 08h30 a 14h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
- 2 años
Contacto para atención ciudadana |
Contacto: Unidad de Consejería |
Email: consejeria@cancilleria.gob.ec |
Teléfono: 02-3933520 |
Fuente: Cancillería del Ecuador