Es el otorgamiento de un documento especial de viaje, visa de residencia temporal de excepción, mediante el cual el Estado ecuatoriano autoriza la permanencia temporal a los ciudadanos extranjeros que tienen la intención de establecerse en el país. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.
¿A quién está dirigido?
Los beneficiarios de este trámite están conformados por personas extranjeras que ingresan al país con la intención de establecerse para realizar actividades lícitas con una condición migratoria regular.
Menores de edad: En caso de solicitantes menores de edad se adjuntará la partida de nacimiento del menor de edad apostillada o legalizada y de ser el caso traducido. Copias de los pasaportes, movimientos migratorios actualizados y estadía regular de los padres del solicitante, en caso de que los padres o uno de ellos no se encuentre en el país, se deberá entregar poder especial o autorización, apostillado o legalizado y de ser el caso traducido para residir en el Ecuador.
Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite? |
Visa de residencia temporal por excepción |
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
- Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
- No ser considerado una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado, según la información que dispongan las autoridades competentes;
- Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente. En el caso de las personas solicitantes en las calidades 2, 3 y 4 del artículo referente a residencia permanente, la persona en quien se amparan para su solicitud de residencia podrá acreditar los medios de vida necesarios para la subsistencia de los amparados;
- No haber obtenido sentencia ejecutoriada por delitos como asesinato, homicidio, violación, secuestro o los demás sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años, conforme lo establecido por la ley penal vigente;
- Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
- Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite.
Requisitos Especiales:
- Calificación de admisibilidad por la autoridad de movilidad humana.
NOTA: Para solicitar esta visa el solicitante no deberá ser apto para aplicar a otra categoría migratoria.
Formatos y anexos
- Formulario de Solicitud de Visa
Formulario contiene: información personal, tipo de solicitud, y una breve descripción de su requerimiento.
¿Cómo hago el trámite?
TRÁMITE – Dirección Zonales (Calificación de admisibilidad por la autoridad de movilidad humana).
- Iniciar la solicitud del trámite conforme a los lineamientos de cada una de las oficinas prestadoras de servicios en el país. Acceder al detalle de cada oficina mediante el siguiente link:https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/
- Seguir las instrucciones que se le enviará a su correo electrónico.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $400.
Se aplica exoneración del 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.
Se aplica exoneración de 100 % a nivel nacional, para personas con una discapacidad igual o mayor al 30%, presentando el carnet de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Ecuador - Direcciones Zonales:
Lunes a viernes de 08h30 a 16h15
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
Oficinas Consulares en el Exterior:
Lunes a viernes de 08h30 a 14h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
- 2 años
Contacto para atención ciudadana |
Contacto: Unidad de Consejería |
Email: consejeria@cancilleria.gob.ec |
Teléfono: 02-3933520 |
Fuente: Cancillería del Ecuador