Autorización de residencia permanente que otorga el Estado ecuatoriano a las personas extranjeras nacionales de los Estados Partes del Mercosur que tienen la intención de establecerse en el país para realizar actividades lícitas.

Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras de los países que forman parte del Acuerdo de Residencia MERCOSUR y que ingresan al país con la intención de establecerse para realizar actividades licitas con una condición migratoria regular.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Visa residencia permanente MERCOSUR

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Formulario de solicitud de visa de residencia.
  • Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos
  • Pasaporte válido y vigente en original y copia.
  • Constancia de residencia temporal Mercosur (deberá ser presentada la solicitud de visa dentro de los noventa 90 días anteriores al vencimiento de la misma)
  • Certificado de antecedentes penales del Ecuador. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  • Acreditación de medios de vida lícitos que permitan la subsistencia del solicitante y de su grupo familiar conviviente, mediante la presentación de la Declaración del impuesto a la renta o Certificado de Aportaciones al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
  • Pago del costo arancelario de la visa.

Menores de edad:

  • En ausencia de uno de los padres, deberá presentar poder especial o autorización, apostillado o legalizado y de ser el caso traducido.
  • Se adjuntará la partida de nacimiento del menor de edad apostillada o legalizada y de ser el caso traducida al castellano.

Requisitos Especiales:

Las Direcciones Zonales o los Consulados del Ecuador podrán convocar a la persona solicitante de la categoría migratoria y/o a sus representantes legales, a una entrevista con el fin de verificar la información presentada o solicitar información vinculada al trámite.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE - Direcciones Zonales en el Ecuador

  1. Iniciar la solicitud del trámite conforme a los lineamientos de cada una de las oficinas prestadoras de servicios en el país. Acceder al detalle de cada oficina mediante el siguiente link: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/
  2. Seguir las instrucciones que se le enviará a su correo electrónico.

TRÁMITE - Oficinas Consulares en el exterior

  1. Contactarse con la Oficina Consular más cercana al lugar de residencia y/o con la Unidad de Consejería.
  2. Registrarse en https://consuladovirtual.gob.ec/web/guest/visas
  3. Escoger el trámite y subir en PDF los requisitos según la categoría migratoria.
  4. Escoger la fecha del turno para cumplir con la entrevista y recibir el visado. La fecha podrá ser cambiada conforme la disponibilidad de atención del consulado.
  5. Proporcionar su correo electrónico personal;
  6. Verificar en su correo electrónico la recepción de la visa electrónica emitida.

Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $250. No grava IVA.Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.

Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Ecuador -  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 16h15

Para mayor información de las Direcciones Zonales ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

 

Oficinas Consulares en el Exterior:

Lunes a viernes de 08h30 a 14h00

Para mayor información sobre las oficinas consulares en el exterior, ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Consultas: http://callcenter.consuladovirtual.gob.ec:8080/webchat/userinfo.jsp?chatID=zUCj3P2coz&workgroup=consuladovirtual@workgroup.appcc.consuladovirtual.gob.ec

Nota: En el Ecuador podrá realizar el depósito/pago de la tarifa (arancel consular) hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

  • Indefinida
Contacto para atención ciudadana
Contacto: Unidad de Consejería
Email: consejeria@cancilleria.gob.ec
Teléfono: 02-3933520

Fuente: Cancillería del Ecuador

Visa – Residencia permanente MERCOSUR