Autorización de residencia permanente que otorga el Estado ecuatoriano a las personas extranjeras que acrediten un vínculo matrimonial o unión de hecho con ecuatoriano o extranjero titular de visa indefinida. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras que acrediten un vínculo matrimonial o unión de hecho con ecuatoriano o extranjero titular de visa indefinida y que tienen la intención de establecerse en el país y realizar actividades licitas.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Visa de residencia permanente por matrimonio o unión de hecho

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos
  • Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  • Certificado original de antecedentes penales del país de origen o en los que hubiese residido durante los últimos cinco años, traducido, apostillado o legalizado. Se tomarán en cuenta ciento ochenta (180) días de vigencia, contados desde la fecha de emisión del certificado hasta el último ingreso del interesado al país. Los certificados emitidos por Gobiernos Federales, serán válidos en tanto comprendan los antecedentes penales a nivel nacional. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  • Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante, podrán ser presentados los del solicitante de la visa o los del amparante de conformidad con el Protocolo para Acreditar Medios de Vida Lícitos que Justifiquen la Subsistencia de la Persona Solicitante y de su Grupo Familiar Dependiente en los Procesos de Visado. Acuerdo Ministerial 0000085", el cual lo puede descargar en el siguiente link:  https://www.cancilleria.gob.ec/wp-content/uploads/2019/07/Protocolo-para-acreditar-medios-de-vida-lícitos.pdf
  • Pago de la tarifa fijada (Arancel Consular y Diplomático).
  • Acudir a una entrevista ante la Dirección Zonal u Oficina Consular del Ecuador según sea el caso.
  • Certificado de matrimonio emitido por la Autoridad de Registro Civil en el caso de que se haya celebrado en el país. De haber contraído matrimonio en el extranjero, éste deberá estar inscrito en el Ecuador. Para el caso de la Unión de hecho, ésta deberá estar inscrita ante la Autoridad de Registro Civil.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE - Direcciones Zonales en el Ecuador
  1. Iniciar la solicitud del trámite conforme a los lineamientos de cada una de las oficinas prestadoras de servicios en el país. Acceder al detalle de cada oficina mediante el siguiente link:https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/
  2. Seguir las instrucciones que se le enviará a su correo electrónico.

TRÁMITE - Oficinas Consulares en el exterior

  1. Contactarse con la Oficina Consular más cercana al lugar de residencia y/o con la Unidad de Consejería.
  2. Registrarse en https://consuladovirtual.gob.ec/web/guest/visas
  3. Escoger el trámite y subir en PDF los requisitos según la categoría migratoria.
  4. Escoger la fecha del turno para cumplir con la entrevista y recibir el visado. La fecha podrá ser cambiada conforme la disponibilidad de atención del consulado.
  5. Proporcionar su correo electrónico personal;
  6. Verificar en su correo electrónico la recepción de la visa electrónica emitida.

Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $200. No grava IVA.

Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.

Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Ecuador -  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 16h15

Para mayor información de las Direcciones Zonales ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

Oficinas Consulares en el Exterior:

Lunes a viernes de 08h30 a 14h00

Para mayor información sobre las oficinas consulares en el exterior, ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Nota: En el Ecuador podrá realizar el depósito/pago de la tarifa (Arancel Consular y Diplomático) hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

  • Indefinida
Contacto para atención ciudadana
Contacto: Unidad de Consejería
Email: consejeria@cancilleria.gob.ec
Teléfono: 02-3933520
Visa – Residencia permanente por matrimonio o unión de hecho con ecuatoriano o extranjero titular de una visa indefinida o permanente