Autorización de residencia temporal que el Estado ecuatoriano otorga a los extranjeros jubilados que desean radicarse en el país y cuya fuente de ingreso es la pensión jubilar, provenientes de instituciones públicas o privadas radicadas en el extranjero. Se emite en las Direcciones Zonales en el Ecuador, Embajadas (Sección Consular) o Consulados del Ecuador en el exterior.

¿A quién está dirigido?

A todos los ciudadanos extranjeros que tengan la intención de establecerse en el país, quienes perciben de una jubilación del exterior cuyo monto le permita cubrir los gastos para su estadía.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
VISA DE RESIDENCIA TEMPORAL - JUBILADO

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  2. Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  3. No ser considerado una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado, según la información que dispongan las autoridades competentes;
  4. Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente. En el caso de las personas solicitantes en las calidades 2, 3 y 4 del artículo referente a residencia permanente, la persona en quien se amparan para su solicitud de residencia podrá acreditar los medios de vida necesarios para la subsistencia de los amparados;
  5. No haber obtenido sentencia ejecutoriada por delitos como asesinato, homicidio, violación, secuestro o los demás sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años, conforme lo establecido por la ley penal vigente;
  6. Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
  7. Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite

Requisitos Especiales:

  • Para la emisión de la categoría de jubilado, a más de los requisitos generales contemplados en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, se deberá presentar el documento oficial de soporte que acredita la categoría de jubilado, otorgado por la institución competente en el extranjero que certifique el pago mensual de la pensión procedente del exterior por concepto de jubilación a favor del solicitante, igual o superior a tres Salarios Básicos Unificados del trabajador en general. Este documento deberá ser apostillado en caso de haber sido emitido en un país parte del Convenio de la Apostilla de La Haya; y, legalizado si ha sido emitido en un país que no sea parte de dicho convenio.Adicionalmente, deberá presentar un seguro de salud nacional o extranjero vigente por el mismo período del visado. En caso de ser contratado con una compañía extranjera, la póliza o el contrato deberá indicar que tiene cobertura en el Ecuador.Para que el titular de esta categoría pueda amparar a otras personas, deberá justificar ingresos mensuales adicionales de doscientos cincuenta (250) dólares estadounidenses por cada persona amparada.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE - Direcciones Zonales en el Ecuador
  1. Iniciar la solicitud del trámite conforme a los lineamientos de cada una de las oficinas prestadoras de servicios en el país. Acceder al detalle de cada oficina mediante el siguiente link:https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/
  2. Seguir las instrucciones que se le enviará a su correo electrónico.

Nota: En el Ecuador el depósito en la cuenta bancaria se puede realizar hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

TRÁMITE SEMIPRESENCIAL (Oficinas Consulares en el exterior)

  1. Contactarse con la Oficina Consular más cercana al lugar de residencia y/o  con la Unidad de Consejería.
  2. Registrar enhttps://www.consuladovirtual.gob.ec/web/guest/visas
  3. Escoger el trámite y subir en PDF los requisitos según la categoría migratoria.
  4. Pagar la solicitud de visa (Arancel Consular y Diplomática), escoger la forma de pago, una vez autorizado por el Consulado.
  5. El consulado autorizará el pago del visado, según arancel consular.
  6. Escoger la fecha del turno para cumplir con la entrevista y recibir el visado. La fecha podrá ser cambiada conforme la disponibilidad de atención del consulado.
  7. Proporcionar su correo electrónico personal;
  8. Verificar en su correo electrónico la recepción de la visa emitida.

Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $400. No gravan IVA

Se aplica exoneración del 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.

Se aplica exoneración de 100 % a nivel nacional, para personas con una discapacidad igual o mayor al 30%, presentando el carnet de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.

 

¿Dónde y cuál es el horario de atención

En el Ecuador - Direcciones Zonales:

Lunes a Viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar al siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

En el Exterior - Oficinas Consulares:
Lunes a viernes de 08h30 a 14h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Nota: En el Ecuador el depósito en la cuenta bancaria se puede realizar hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

  • 2 años
Contacto para atención ciudadana
Contacto: Unidad de Consejería
Email: consejeria@cancilleria.gob.ec
Teléfono: 02-3933520

Fuente: Cancillería del Ecuador

Visa – Residencia temporal Jubilado