Proceso administrativo mediante el cual una persona extranjera adquiere la nacionalidad ecuatoriana por el tiempo de permanencia en el país y en cumplimiento de la normativa establecida para el efecto.

Podrán solicitar la carta de naturalización:

  1. Las personas extranjeras que ostenten visa de residencia permanente y se encuentren domiciliadas en el Ecuador de forma regular al menos tres (3) años a la fecha de ingreso de la solicitud; y,
  2. Las personas reconocidas por el Estado Ecuatoriano como refugiadas y apátridas y que hayan permanecido en el país al menos por dos (2) años.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está dirigido a las personas naturales - extranjeras con residencia permanente de por lo menos tres (3) años a la fecha de ingreso de la solicitud, o con reconocimiento de al menos dos años como refugiada o apátrida por el estado ecuatoriano.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Carta de Naturalización

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Residir de forma regular y continua en el país con una visa de residencia permanente según las disposiciones de la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su reglamento;
  2. Disponer de documento debidamente apostillado o legalizado y emitido por la autoridad competente del país de origen en el que conste el lugar de nacimiento y demás datos de filiación del solicitante. Se exceptúan de la presentación de este requisito las personas reconocidas por el Ecuador como refugiadas y apátridas;
  3. Tener más de 18 años de edad cumplidos a la fecha de la solicitud;
  4. Para las personas menores de edad se requerirá el consentimiento de quienes tengan la patria potestad o tutela legal; se escuchará la opinión de las niñas, niños y adolescentes conforme lo establecido en la Ley especial de la niñez y adolescencia;
  5. Tener conocimientos generales de historia, geografía cultura y realidad nacional;
  6. Hablar y escribir en el idioma castellano;
  7. Poseer medios lícitos de vida en el país.
  8. Encontrarse al día en sus obligaciones con el Estado Ecuatoriano;
  9. Exponer en una entrevista los motivos por los que solicita adquirir la nacionalidad ecuatoriana;
  10. Formulario de solicitud de nacionalidad ecuatoriana por Carta de Naturalización que se llenará en la respectiva Dirección Zonal del lugar de domicilio del solicitante; y,
  11. Pago establecido en el Arancel Consular y Diplomático.

EXCEPCIONES A LA PRESENTACIÓN DE LOS REQUISITOS:

  1. Se exceptúan del cumplimiento de los requisitos de conocimiento del idioma castellano y de las pruebas de conocimientos, quienes comprueben haber cursado y finalizado una carrera universitaria o un posgrado en el Ecuador, siempre que hayan sido impartidos en el idioma castellano y conforme a la legislación de educación superior vigente a la fecha de ingreso de la solicitud.
  2. También se exoneran del examen de conocimientos y del conocimiento en el idioma castellano, los menores de edad, adolescentes y personas con discapacidad intelectual que les prive del uso de la razón o las personas que se encuentren en imposibilidad manifiesta de cumplir con estos requisitos dada su discapacidad.
  3. Las personas adultas mayores se encuentran exentas de cumplir con el requisito del examen de conocimientos, pero deberán hablar y escribir en el idioma castellano.

LIMITACIONES PARA SOLICITAR LA CARTA DE NATURALIZACIÓN:

  • Las personas extranjeras, antes de solicitar la naturalización, podrán ausentarse del territorio nacional por un periodo de ciento ochenta (180) días por año, durante los primeros tres (3) años, contados a partir de la emisión de la visa de residencia permanente; quienes sobrepasen el tiempo de ausencias, no podrán solicitar la naturalización al haber interrumpido el tiempo de residencia regular y continua.
  • Del mismo modo, no podrán solicitar la naturalización las personas extranjeras que no cuenten con el hecho generador de la visa vigente y, quienes al cambiar su categoría migratoria registren interrupción en la residencia regular y continua.

Requisitos Especiales:

CONSIDERACIONES PARA OTORGAMIENTO DE LA NATURALIZACIÓN POR SERVICIOS RELEVANTES

Es el procedimiento administrativo de competencia de la Presidencia de la República a través del cual, mediante Decreto Ejecutivo, se concede la nacionalidad ecuatoriana a la persona extranjera que permaneciendo de forma regular por más de tres años en territorio nacional haya prestado servicios relevantes al país.

La petición por escrito, podrá ser presentada por cualquier persona natural, colectivo u organización social y deberá estar dirigida al Presidente de la República, conforme lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, junto con los documentos que acrediten el detalle de las actividades o labores desarrolladas en el país, que evidencien su impacto o contribución a la sociedad ecuatoriana.

La petición junto con sus respectivos anexos, impresos, se entregarán en el Palacio de Gobierno, ubicado en la calle García Moreno N10-43, entre Chile y Espejo, en la ciudad de Quito.

Código Postal: 170401

Teléfono: 593 2 3827000

¿Cómo hago el trámite?

  • Presentar los requisitos en la Dirección Zonal más cercana al lugar del domicilio del solicitante.
  • Para acceder a la ubicación de las Direcciones Zonales a nivel nacional, consultar el siguiente link: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/
  • Proporcionar toda la información que sea requerida al funcionario de ventanilla para llenar los campos requeridos en la solicitud de naturalización.
  • Es importante señalar un correo electrónico de contacto para recibir notificaciones sobre el desarrollo del trámite, presentación al examen de conocimientos, entrevista y cualquier requerimiento de información o de documentos por parte de la dirección zonal a cargo de trámite.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

USD $50,00 No grava IVA (solicitud).
USD $750,00 No grava IVA (otorgamiento).
Se aplica exoneración del 50 % para personas de la tercera edad, a nivel nacional.

Se aplica exoneración de 100 % a nivel nacional, para personas con una discapacidad igual o mayor al 30%, presentando el carnet de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Trámite exclusivo en territorio nacional:

Ecuador -  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/

Trámite de índole personal. No se aceptan autorizaciones otorgadas a terceras personas

Nota: En el Ecuador el depósito en la cuenta bancaria se puede realizar hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Indefinida mientras la persona naturalizada no presente petición de renuncia a la nacionalidad ecuatoriana o se declare la lesividad del otorgamiento de la naturalización por vía judicial.

 

Contacto para atención ciudadana
Contacto: Unidad de Consejería
Email: consejeria@cancilleria.gob.ec
Teléfono: 02-3933520

Fuente: https://www.gob.ec/mremh/tramites/obtencion-nacionalidad-ecuatoriana-carta-naturalizacion

Naturalizaciones – Obtención de la nacionalidad ecuatoriana por carta de naturalización