Es el otorgamiento de autorización para ausentarse de territorio ecuatoriano para ciudadanos en condición de Refugiados/as, con el fin de dirigirse a su país de origen, al país donde residía o a terceros países. Las personas reconocidas como refugiados deberán contar previamente con la autorización de la autoridad de movilidad humana, la que determinará el tiempo máximo permitido de dicha ausencia. Se realiza a través de las Direcciones Zonales en el Ecuador.

 ¿A quién está dirigido?

El presente trámite: Autorización para ausentarse de territorio ecuatoriano para Refugiados/as, tiene como beneficiarios a los ciudadanos extranjeros que poseen la condición de refugiado

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Autorización para ausentarse de territorio ecuatoriano

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Contar con un email personal

 ¿Cómo hago el trámite?

El trámite se realiza en línea:

  1. Ir a TRÁMITE EN LÍNEA de esta página
  2. Llenar el formulario con los campos solicitados.

La Dirección se comunicará con ustedes de acuerdo a su requerimiento por correo electrónico.

Nota a considerar para su registro en el formulario en línea:

Al iniciar su TRÁMITE EN LÍNEA, el formulario le solicitará agregar el Tipo de Identificación; si usted va a registrarse con su número de cédula, el valor ingresado debe tener 10 caracteres.  En caso de que su identificación no contenga los 10 caracteres necesarios, deberá incluir la cantidad de 0 (ceros) a la izquierda del número hasta completarlos. 

Ejemplo: Si el número de su cédula es 381799, usted deberá registrar 0000381799.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

 ¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Ecuador -  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Tiempo de vigencia establecido por la autoridad competente

Contacto para atención ciudadana
Contacto: Dirección de Protección Internacional
Email: dpin@cancilleria.gob.ec
Teléfono: 2993200 ext 12541-12542

Fuente: Cancillería del Ecuador

Refugio – Autorización para ausentarse de territorio ecuatoriano para Refugiados/as