Información general

La validez de la Libreta de Tripulante Terrestre está sujeta a la vigencia del Permiso Originario de Prestación de Servicios.

Para efecto de ejercer el control correspondiente, el organismo nacional competente deberá comunicar inmediatamente a la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, la caducidad o cancelación de dicho permiso. En igual sentido, la Libreta de Tripulante Terrestre perderá validez cuando haya sido adulterada, enmendada, se encuentre en un grado de deterioro tal que haga imposible la identificación de los datos contenidos en la misma, o cuando se cumpla la vigencia establecida en la libreta.

¿En qué consiste?

La Libreta de Tripulante Terrestre es un documento individual expedido por las autoridades migratorias de los países miembros del Acuerdo de Cartagena, a solicitud de los TRANSPORTADORES autorizados para el tránsito internacional de la tripulación que acompaña el vehículo en el transporte internacional por carretera. Esta libreta tendrá una vigencia de doce (12) meses. Se expedirá únicamente a nombre de una persona natural nacional o extranjera con visa de residente.

La Libreta del Tripulante Terrestre es un documento que sustituye al pasaporte y exceptúa de visa al transportador, cuando cumple con los requisitos establecidos para su expedición.

Debe tener en cuenta

- El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aceptar o tramitar solicitudes con documentos en mal estado, ilegibles o con enmendaduras.
-Al recibir la libreta de tripulante terrestre, comprobar que los datos biográficos impresos no tengan errores. En el caso de presentarse algún error o incongruencia en la hoja de datos de la libreta de tripulante terrestre, el titular contará con un plazo máximo de un mes a partir de la fecha de entrega del documento, para solicitar la reposición de la libreta.
-No existirán modificaciones ni rectificaciones en la libreta de tripulante. En caso de presentarse alguna modificación o rectificación en la identidad del solicitante, este deberá adquirir una nueva libreta a su costo.
-Ningún ciudadano colombiano podrá ser titular de más de una libreta de tripulante terrestre vigente

Requisitos generales para la expedición y renovación de Libreta de Tripulante Terrestre

  1. El Representante Legal de la empresa diligenciará y firmará el formato SC-FO-36 “Solicitud Individual de la Libreta Terrestre”; este documento se recibirá por medio electrónico o físico, adicionalmente deberá adjuntar los siguientes requisitos: 
  2. Carta suscrita por el representante legal de la empresa transportista, dirigida a la Oficina Expedidora, indicando el nombre o razón social de la empresa vinculante, datos del tripulante (nombre completo y número de documento de identificación), el vinculo laboral que el mismo tiene con la empresa, el destino para el cual transita y firmada por el representante legal de la empresa.
  3. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal de la compañía.   
  4. Original y fotocopia de la cédula de ciudadanía del conductor, o contraseña de duplicado con foto y huella o contraseña de cédula por primera vez acompañada de copia de Registro Civil de nacimiento no se aceptará contraseña por solicitud de rectificación de cédula de ciudadanía.
  5. Dos (2) fotos recientes e iguales, a color, de frente, fondo blanco, de 3,5 por 4,5 cm. En caso de renovación solo se requiere una (1) foto.
  6. El trámite de la Libreta de Tripulante deberá realizarse de manera presencial, de acuerdo a las condiciones operativas de cada oficina.
  7. El pago de libreta se podrá efectuar directamente en la oficina expedidora, en el caso de las Gobernaciones, se realizará con los procedimientos establecidos por estas.
  8. Presentar la Libreta de Tripulante Terrestre anterior, si la tiene. En caso de renovación, es obligatorio presentar l libreta para adelantar el trámite.
  9. En caso de realizar la renovación, los requisitos son los mismos, a excepción de las fotografías que solo se requerirá una (1). 

Nota: El pago se realiza una vez hecha la solicitud del trámite de expedición o renovación de libreta de tripulante terrestre

Manual del usuario: registro de datos a través de la página web para el trámite de Libreta de Tripulante

Para registrar la empresa transportadora debe entregar:

  • Carta de presentación de la empresa, en la cual especifique NIT, nombres, apellidos y documentos de identidad del representante legal.
  • Certificado de Representación y Existencia Legal, de la Cámara de Comercio de la respectiva ciudad. 
  • Fotocopia ampliada al 150% del documento de identificación del representante legal.
  • Certificado de idoneidad, con fechas de vigencia y vencimiento específicos, que no están vencidos.
  • Permisos de prestación de servicios vigentes, con los paises de la CAN.

Fuente: https://guayaquil.consulado.gov.co/tramites_servicios/pasaportes/libreta

Libreta de tripulante Terrestre